En esta sección te detallamos paso a paso lo que necesitas realizar para presentar tus licencias médicas.
Importante: Te informamos que de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°46 del Ministerio de Salud, a partir del 01 de enero de 2021, existe la obligatoriedad de que los médicos emitan las licencias médicas de manera electrónica.
Te recomendamos exigirle a tu médico que emita tu licencia médica de forma electrónica para evitar posibles inconvenientes.
Importante: Cada documento adjunto debe ser enviado en un archivo digital separado al e-mail antes señalado. También puedes ingresarlos junto a la licencia médica a través de tu Sucursal Virtual, menú Licencias Médicas, opción
Ingreso de Licencias.
Si lo haces a través del portal I-Med, sigue estos pasos:
Si lo haces a través del portal Medipass, sigue estos pasos:
En caso de que tengas que hacerlo de manera manual, debes seguir los siguientes pasos:
Si lo haces a través del portal I-Med, sigue estos pasos:
Si lo haces a través del portal Medipass, sigue estos pasos:
Importante: Si tu empleador se encuentra acogido a la Ley N° 21.227, deberás acreditar tu condición de beneficiario de la “Ley de Protección al Empleo”, enviando un certificado de la Administradora de Fondos de Cesantía al mismo correo antes señalado. También puedes ingresarlos junto a la licencia médica a través de tu Sucursal Virtual, menú Licencias Médicas, opción Ingreso de Licencias.
Además, si perdiste el vínculo laboral y/o tu empleador se niega a tramitar la licencia médica, debes adjuntar un certificado de la Inspección del Trabajo por la no tramitación por parte del empleador.
Si tu empleador no se encuentra suscrito al sistema electrónico, podrá recibir y tramitar de forma remota las licencias médicas siguiendo estos simples pasos:
A través del portal I-Med:
A través del portal Medipass:
En caso de que tengas que hacerlo de manera manual, el empleador debe seguir los siguientes pasos:
Pasos a través del portal I-Med:
Pasos a través del portal Medipass:
Importante: Si tu empleador se encuentra acogido a la Ley N° 21.227, deberás acreditar tu condición de beneficiario de la “Ley de Protección al Empleo”, enviando un certificado de la Administradora de Fondos de Cesantía al mismo correo antes señalado.
Además, si perdiste el vínculo laboral y/o tu empleador se niega a tramitar la licencia médica, debes adjuntar un certificado de la Inspección del Trabajo por la no tramitación por parte del empleador.
Importante: Si tu empleador se encuentra acogido a la Ley N° 21.227, deberás acreditar tu condición de beneficiario de la “Ley de Protección al Empleo”, enviando un certificado de la Administradora de Fondos de Cesantía al mismo correo antes señalado.